• Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Santa Cruz de Tenerife
  • Ponente: CONCEPCION MACARENA GONZALEZ DELGADO
  • Nº Recurso: 476/2022
  • Fecha: 24/10/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: MYRIAM SAMBOLA CABRER
  • Nº Recurso: 347/2023
  • Fecha: 24/10/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Alicante/Alacant
  • Ponente: PALOMA SANCHO MAYO
  • Nº Recurso: 1151/2022
  • Fecha: 24/10/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Bilbao
  • Ponente: PABLO SESMA DE LUIS
  • Nº Recurso: 546/2023
  • Fecha: 24/10/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Málaga
  • Ponente: MANUEL MARTIN HERNANDEZ-CARRILLO
  • Nº Recurso: 565/2021
  • Fecha: 24/10/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala confirma la sentencia del Juzgado que declaró el despido procedente, razonando que en tales supuestos, como se acaba de exponer, no rige plazo de prescripción, sino de caducidad de la acción, sin perjuicio de que el Juzgador analice la conexión temporal entre anteriores incumplimientos con el hecho del despido, a los fines de su calificación y los fácticos introducen en el debate la sospecha de que la decisión extintiva empresarial en causas distintas a las irregularidades en el uso de la tarjeta de fidelización. Y al aportar la trabajadora esos indicios razonables, ese panorama de sospechas vehementes de que realmente se la despidió con vulneración de sus derechos fundamentales, ya debió ser la parte demandada la que probara que el despido era completamente ajeno a los derechos fundamentales, sin que haya sido suficiente para desvirtuar los indicios la realidad de las irregularidades, por la sencilla razón de que eran cometidas por el resto de sus compañeros con conocimiento de la empresa. Tal vacío probatorio y en atención a las reglas de la carga de la prueba, moduladas en la forma antes expresada, hacen que la Sala comparta los razonamientos del Juzgador, lo que conduce al rechazo del segundo motivo de crítica jurídica. La cantidad de 7500 €, de indemnización se justifican por la gravedad de la atribución a la trabajadora de un delito de apropiación indebida, la incapacidad temporal que los hechos produjeron y el propio efecto disuasor o preventivo, para evitarlo.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Palma de Mallorca
  • Ponente: CARLOS ALBERTO IZQUIERDO TELLEZ
  • Nº Recurso: 988/2022
  • Fecha: 24/10/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: MATERIAS NO ESPECIFICADAS
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DE LA ESPERANZA CORDOBA CASTROVERDE
  • Nº Recurso: 2800/2022
  • Fecha: 24/10/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia fija la siguiente doctrina jurisprudencial: no resulta conforme a Derecho declarar en sentencia la inadmisibilidad de un recurso contencioso-administrativo por haberse excedido el plazo de dos meses previsto en el artículo 46 LJCA, cuando el escrito de interposición se presentó en un momento en que los plazos procesales habían quedado suspendidos en virtud de lo dispuesto en la Disposición adicional segunda del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN MOLINS GARCIA-ATANCE
  • Nº Recurso: 87/2023
  • Fecha: 24/10/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: VISIONLAB SA alcanzó un acuerdo con la representación legal de los trabajadores relativo a la suspensión de contratos de trabajo y a reducciones de jornada, a adoptar en el periodo del 15/3/21 al 31/1/22, con fundamento en la concurrencia de causas ETOP relacionadas con la COVID. Tras requerimiento del SPEE para que les remitiera la resolución expresa de la autoridad laboral aprobando la prórroga del citado ERTE, a fin de continuar abonando las prestaciones por desempleo, VISIONLAB SA sostiene que no debía solicitar dicha prórroga, por lo que postuló que se declarase que el Real Decreto-ley 18/2021 no era aplicable a ese ERTE y se ordenase el abono de las prestaciones por desempleo a los trabajadores afectados. Argumenta la sentencia que los ERTE-ETOP vinculados a la COVID tienen una regulación legal específica que se aparta de las previsiones genéricas en materia de los ERTE-ETOP establecidas en el Real Decreto 1483/2012. Dicha regulación específica incluye la exigencia de solicitar la prórroga cuando los efectos de la medida se extiendan más allá del 1 de noviembre de 2021; y así, incumplida por la empresa la exigencia legal de solicitar la prórroga del ERTE, como medida de control de la autoridad laboral, se ha de entender que finalizó el ERTE y, por tanto, los trabajadores no tienen derecho a la prestación por desempleo.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Oviedo
  • Ponente: DAVID ORDOÑEZ SOLIS
  • Nº Recurso: 331/2023
  • Fecha: 24/10/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: DERECHO ADMINISTRATIVO
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Bilbao
  • Ponente: FLORENTINO EGUARAS MENDIRI
  • Nº Recurso: 1753/2023
  • Fecha: 24/10/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia

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